ORGANIZACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL
Decreto Legislativo italiano 231/2001El 4 de julio de 2001 entró en vigor el Decreto Legislativo italiano de 8 de junio de 2001 n .º 231, que tiene por objeto la «Disciplina de la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, de las sociedades y de las asociaciones, incluso sin personalidad jurídica», el cual ha introducido en el ordenamiento jurídico italiano la responsabilidad de las entidades por los delitos administrativos derivados de delitos cometidos en interés o beneficio de las mismas.
El Decreto tiene un alcance complejo e innovador, en cuanto a la responsabilidad penal de la persona física que ha cometido un delito, añade la de la entidad en cuyo interés o en beneficio se ha cometido el delito. La responsabilidad de la entidad la define el legislador de tipo administrativo, aunque estuviera atribuida en el ámbito de un proceso penal, y se caracteriza por ser completamente autónoma con respecto a la de la persona física que comete el delito.
La entidad, de hecho, puede ser declarada responsable incluso si el autor material del delito no es imputable o no ha sido identificado. En virtud del mismo principio, la imputación a la Entidad de la responsabilidad derivada de la comisión del delito no es suficiente para excluir la responsabilidad penal personal de quien perpetró la conducta delictiva.
Con el fin de garantizar las condiciones de legalidad, equidad y transparencia en el desarrollo de su actividad, Sicim S.p.A. ha considerado oportuno adoptar y aplicar este Modelo. El Modelo ha sido elaborado teniendo en cuenta tanto las disposiciones del Decreto como las directrices emitidas por Confindustria el 7 de julio de 2002, integradas el 28 de junio de 2004 y el 31 de marzo de 2008, así como la nueva versión de las mismas directrices emitidas el 31 de julio de 2014, para la construcción de los modelos de organización, gestión y control que, entre otras disposiciones, contienen las indicaciones metodológicas para la identificación de las áreas de riesgo y la estructura que debe adoptarse en la implementación del modelo organizativo.